Derechos consagrados: Legislar sobre la muerte

Por Cecilia Macarena Pelliza

Este martes, la Corte Suprema de Justicia falló a favor de desconectar de sus soportes vitales a Marcelo Diez, tras 20 años de permanecer en estado vegetativo. Marcelo murió cinco horas después de conocerse el fallo, por causas naturales



Marcelo Diez murió a las 18.30 de este martes por causas naturales. La muerte le llegó tras 20 años de estar en estado vegetativo y cinco horas después de conocerse el fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación que autorizaba a desconectarlo de los aparatos que lo mantenían con vida.

Lucas Pica, el abogado de la familia expresó que “su último gran regalo fue que primero la Corte emitiera su fallo, ya que de otro modo, de haber fallecido primero, la causa entabalda por los familiares se hubiera declarado abstracta".

Su familia había tomado la decisión hacía ya siete años amparadas por una ley de la provincia de Neuquén, su lugar de residencia, que desde 2004 avala la muerte digna. Ateniéndose a derecho las hermanas de Marcelo pidieron a los médicos que se le retiraran las medidas de soporte vital, pero recibieron una negativa. Así inicio el recorrido ante la justicia que terminó este martes, junto y en paralelo con la vida de Marcelo.

Las hermanas hicieron una demanda legal primero ante Tribunal Superior de Justicia de Neuquén quien en 2012 falló a favor de la familia expresando que la cuestión "no requería de autorización judicial" sino que el caso debía resolverse en el ámbito familiar para lo cual se amparó en la ley 26.742 sobre muerte digna, que reforma la normativa sobre Derechos del Paciente.

La entidad médica presentó un recurso de amparo ante la Corte Suprema de Justicia, que este martes, tres años después, ratificó la decisión tomada por el tribunal neuquino. El fallo no hace más que aplicar la ley nacional sancionada también hace tres años que brinda el derecho a cada individuo de decidir sobre su vida, y en consiguiente sobre su muerte.

Con este fallo "se federalizan los derechos consagrados en la ley de muerte digna sancionada hace tres años, ya no va a ser necesario acudir a la justicia, estas decisiones van a poder tomarse en el seno íntimo de la familia y en diálogo con los médicos. Entramos en la etapa de plena vigencia y aplicación de la ley", expresó el abogado.

Hace un poco más de cuatro meses otro caso conmocionaba al mundo cuando Valentina Maureira, una niña de tan sólo 14 años que padecía fibrosis quística, pedía a través de un video publicado en youtube la intervención de su presidenta Michell Bachelette para que se le aplique una inyección que la deje “dormir para siempre”. “Estoy cansada de vivir con este enfermedad” explicaba.



A tan sólo una semana de publicado el video, la presidenta de Chile, de profesión médica pediatra, la visitó y se tomó "selfies" junto a la adolescente, pero poco se hizo en relación a su pedido. La niña murió el 14 de mayo por una insuficiencia respiratoria producto de la enfermedad degenerativa que la mantenía internada en Hospital Católico de la Universidad de Chile.

Otro caso, ya viejo pero el de mayor trascendencia a nivel mundial sobre el tema, es el del español Ramón Sampedro. Un joven que se enroló en la marina a los 18 años con el fin de conocer el mundo y con 24 quedó tetrapléjico, al tirarse de cabeza al agua desde una roca en la playa de As Furnas, un día de resaca marítima. El accidente lo dejó postrado en una cama para el resto de su vida. Fue el primer ciudadano en pedir en España el suicidio asistido, argumentando el derecho de cada persona de disponer de su propia vida.

Placa homenaje a Ramón Sampedro en la playa de As Furnas, en el lugar donde se lanzó al agua causándose la lesión que lo dejó tetrapléjico. En la misma reza: "Ramón Sampedro Camean, defensor de la vida y la muerte dignas, marinero en tierra, poeta, vecino y amigo."

La corte española nunca aceptó el pedido, así que ayudado por 11 amigos, que aportaron sólo sus manos, llevó a cabo su suicidio. A cada uno le encomendó pequeñas tareas que no constituían un acto delictivo en sí mismas. El suicidio quedó documentado, según el lo dispuso, por un un video destinado a los jueces y autoridades políticas a quienes momentos antes de matarse interpela directamente: “¿Qué es para ustedes vivir dignamente? Sea cual sea la respuesta de sus conciencias sepan que para mí esto no es vivir dignamente. Yo hubiera querido al menos morir dignamente. Por la desidia institucional me veo obligado a hacerlo como un delincuete.”

En la película “Mar Adentro” (2004), basada en la lucha de Ramón Sampedro, sí, una lucha por la muerte, Alejandro Amenábar recrea el momento con una fidelidad que conmueve y la interpretación íntegra de un Javier Bardem que se confunde con el mismo Ramón. La película reabrió el debate en España pero al día de hoy la eutanasia no está contemplada por la justicia española.



El Estado argentino sancionó en el 2012 la ley de Muerte Digna en la que el Congreso de la Nación permite a pacientes y familiares limitar los esfuerzos terapéuticos en los casos de "una enfermedad irreversible, incurable o se encuentre en estadío terminal". Pero aún sigue sin contemplarse el suicidio asistido. Es decir que en tales casos los médicos sólo pueden limitarse a quitarle aquellos suministros que le provean el soporte vital sin que esto signifique la interrupción de aquellas medidas y acciones para el control y alivio del dolor.

Hay nuevas legislaciones, hay nuevas contemplaciones sin embargo el suicidio, la eutanasia sigue siendo un tema tabú para el Estado. Quizás esto se explique si se tiene en cuenta que la constitución del Estado Moderno lleva en sus entrañas la renuncia a legislar sobre la muerte, como lo fue en las antiguas monarquías.

El viejo derecho de soberanía, en el que se basaba el poder del Rey era justamente el poder de dejar vivir o hacer morir. El súbdito le debía su vida al rey, que lo proveía de tierras en donde vivir, animales para alimentarse y lo protegía en las guerras. Claro, todo esto a cambio de gran parte de lo que producía. Y así como permitía vivir, también podía hacer morir. De hecho las condenas a muertes exhibidas en la plaza pública eran un espectáculo necesario para mostrar el poder del Rey. Poder de vida y derecho sobre la muerte.

Hasta finales del siglo XIX las ejecuciones de los reos condenados a la pena capital se llevaban a cabo en lugares públicos.

El Estado moderno no tiene derecho sobre la muerte. Cada vez les cuesta más a los Estados justificar la matanza, y se amparan en el racismo cuya lógica es que “los otros” amenazan la existencia de “nosotros” por esto hay que matarlos. Pero la muerte no es su jurisprudencia. Lo que comienza a problematizarse en el campo del pensamiento político a partir del siglo XIX es la cuestión de la vida.

Michelle Foucault explica esto magníficamente en la clase del 17 de marzo de 1976, perteneciente al curso llamado “Defender la sociedad” y compiladas en el libro con el mismo nombre. Ahí dice: “El derecho de soberanía es, entonces, el de hacer morir o dejar vivir. Y luego se instala el nuevo derecho: el de hacer vivir y dejar morir.” El estado te puede dejar morir, puede decidir que se te desconecte de tus soportes vitales, pero no puede hacerte morir, es decir suministrarte una inyección que haga “dormir para siempre” como pedía Valentina.

El estudio de los nacimientos y las defunciones, la tasa de reproducción, la fecundidad de una población, longevidad, mortalidad son saberes y blancos destinados al control sobre el cuerpo vivo. Tecnologías del poder que tiene por objeto y objetivo la vida. Un poder que trata esencialmente de realzar la vida, prolongar su duración, multiplicar sus oportunidades.

Foucault más adelante en el mismo texto expresa que “el poder es cada vez menos el derecho de hacer morir y cada vez más el derecho de intervenir para hacer vivir, sobre la manera de vivir y sobre el cómo de la vida, a partir del momento, entonces la muerte, como final de la vida, es evidentemente el término, el límite, el extremo del poder. Está afuera con respecto a éste: al margen de su influencia […] La muerte, ahora, esté del lado de lo privado, de lo más privado. Mientras que, en el derecho de soberanía, era el punto en que resplandecía, de la manera más patente, el absoluto poder del soberano, ahora va a ser, al contrario, el momento en que el individuo escapa a todo poder, vuelve a sí mismo y se repliega, en cierto modo, en su parte más privada. El poder ya no conoce la muerte. En sentido estricto, la abandona”.


(Nota publicada en Rosarioplus.com. Ver original: http://www.rosarioplus.com/noticias/Legislar-sobre-la-muerte-20150710-0043.html)

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